Responsabilidad de la gestoría en el cumplimiento VeriFactu del cliente
Si tu gestoría gestiona la integración VeriFactu para un cliente, ¿qué responsabilidad asumes si algo falla? Analizamos el marco legal y cómo limitar la exposición.
La responsabilidad en el cumplimiento VeriFactu es del obligado tributario (el cliente), no de la gestoría. La AEAT no sanciona a las gestorías por el incumplimiento de sus clientes. Sin embargo, si la gestoría ha asumido contractualmente la gestión técnica de VeriFactu para un cliente y falla, puede haber responsabilidad civil contractual.
Distinción clave: asesoramiento vs gestión delegada. Si solo asesoras (recomiendas qué hacer), tu responsabilidad se limita a que el consejo sea correcto. Si te comprometes contractualmente a gestionar la integración técnica (modelo 2 o 3 que vimos en el artículo anterior), respondes por el resultado.
Cláusulas de limitación de responsabilidad: en el contrato de servicio con el cliente, incluye cláusulas que (1) delimiten el alcance exacto del servicio de gestión VeriFactu, (2) especifiquen las obligaciones del cliente (proporcionar certificados válidos, informar de cambios en su software), y (3) limiten la responsabilidad máxima de la gestoría a las cuotas cobradas en los últimos 12 meses.
Seguro de responsabilidad civil profesional: los seguros de RC profesional para gestorías y gestorías suelen cubrir errores en la gestión de obligaciones tributarias. Verifica con tu aseguradora que el servicio de gestión VeriFactu queda dentro del ámbito cubierto, ya que es una actividad relativamente nueva.
Documentación del proceso: ante cualquier incidencia, la documentación es tu mejor defensa. Registra todas las comunicaciones con el cliente relacionadas con VeriFactu, los pasos que tomaste, las recomendaciones que diste y las decisiones que tomó el cliente. El Consejo General de Economistas tiene guías sobre gestión documental en gestorías.
Fuentes y bibliografía
- 1Directiva 2014/55/UE del Parlamento Europeo, Factura electrónica en contratación públicaEUR-Lex CELEX:32014L0055
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Toda la información de este artículo está contrastada con las fuentes oficiales listadas arriba. Para decisiones empresariales o fiscales, consulta siempre los textos legales originales y a un asesor cualificado.
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