Reglamento de Facturación (RD 1619/2012): qué sigue vigente y qué cambia con VeriFactu
El RD 1619/2012 regula qué debe contener una factura en España. VeriFactu no lo deroga, sino que añade requisitos al sistema que las genera. Analizamos qué sigue aplicando y qué cambia.
El Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, es la norma que establece qué debe contener una factura válida en España: datos del emisor, datos del destinatario, número y serie, fecha, descripción, base imponible, tipos de IVA, cuotas y total.
VeriFactu no modifica el contenido de las facturas: una factura completa sigue debiendo contener los mismos datos que exige el RD 1619/2012. Lo que VeriFactu añade son requisitos al sistema que genera esas facturas: inalterabilidad, hash encadenado, firma digital y código QR de verificación.
El código QR es la única adición visible en el documento físico o PDF de la factura. El artículo 6 del RD 1619/2012 (modificado) establece que las facturas deben incluir el código de verificación cuando el emisor opere en el sistema VeriFactu.
Facturas simplificadas (artículo 4 RD 1619/2012): los tiques y facturas simplificadas tienen requisitos de contenido reducidos (no necesitan datos del destinatario para importes inferiores a 400 €, salvo que el cliente lo solicite). En VeriFactu, las facturas simplificadas se clasifican como tipo F2 en el XML.
Fuente: el texto consolidado del RD 1619/2012 puede consultarse en el BOE. La versión actualizada tras la Ley 11/2021 es la de referencia. Los artículos 17, 19 y 6 son los más relevantes para entender la relación entre facturación y conservación documental.
Fuentes y bibliografía
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Toda la información de este artículo está contrastada con las fuentes oficiales listadas arriba. Para decisiones empresariales o fiscales, consulta siempre los textos legales originales y a un asesor cualificado.
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