Calendario completo de obligaciones fiscales digitales en España: 2026-2027
VeriFactu no es la única obligación digital que deben cumplir las empresas españolas. Compilamos todas las fechas clave, desde factura electrónica B2B hasta SII, con fuentes oficiales.
Las empresas españolas deben hacer frente a varias obligaciones de digitalización fiscal con calendarios solapados. Tenerlos claros es esencial para priorizar recursos y evitar incumplimientos simultáneos.
Suministro Inmediato de Información (SII): obligatorio desde 2017 para grandes empresas (facturación > 6M €), grupos IVA e inscritos en el REDEME. El SII exige enviar a la AEAT los libros de IVA en menos de 4 días hábiles desde la emisión/recepción de la factura. Fuente: artículo 62 del Reglamento del IVA.
Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece): pendiente de desarrollo reglamentario final. Cuando entre en vigor, obligará a todas las empresas a emitir facturas electrónicas en las transacciones entre empresarios. El plazo provisional para grandes empresas era 2024-2025, pero ha sufrido retrasos pendientes de publicación del reglamento técnico.
VeriFactu: empresas (personas jurídicas) → 1 de enero de 2027. Autónomos (personas físicas) → 1 de julio de 2027. Fuente: RD 1007/2023, disposición final segunda.
TicketBAI (territorio foral): ya en vigor para la mayoría de sectores en Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra. El calendario varió por Hacienda Foral y tipo de empresa. Consultar las webs de las Haciendas Forales para el detalle actualizado.
Consejo práctico: ante tantas obligaciones paralelas, la estrategia más eficiente es implementar una plataforma de facturación que cumpla simultáneamente con SII (si aplica), VeriFactu/TicketBAI y factura electrónica B2B en cuanto entre en vigor. La arquitectura es compatible.
Fuentes y bibliografía
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- 4Directiva 2014/55/UE del Parlamento Europeo, Factura electrónica en contratación públicaEUR-Lex CELEX:32014L0055
Toda la información de este artículo está contrastada con las fuentes oficiales listadas arriba. Para decisiones empresariales o fiscales, consulta siempre los textos legales originales y a un asesor cualificado.
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